Podemos encontrarnos diversas definiciones de qué es una empresa: de acuerdo con el Tribunal Supremo, la empresa es “una organización generada por las actividades del empresario y de los trabajadores dirigidas, bajo criterios de economicidad, racionalidad y permanencia, a la producción o a la mediación de bienes y servicios para el mercado, mediante la utilización de bienes materiales e inmateriales en unidad de destino y de relaciones de hecho y derecho”, y podemos añadir que con un ánimo de lucro en esa actividad dirigida al mercado.
¿Y de qué características podemos dotar a una empresa para además denominarla familiar? De acuerdo Valmaña, A. (El régimen jurídico del protocolo familiar, Ed. Comares, 2014) en la EF nos encontramos con estos elementos distintivos:
- Propiedad en manos de un grupo reducido de socios, con vínculos familiares
- Dirección de la empresa en manos de miembros de la familia propietaria
- Uno de los objetivos fundamentales es la transmisión de la sociedad a generaciones posteriores: vocación de continuidad
- Puede presentar unas problemáticas particulares en temas como sucesión, evolución en la estructura organizativa, conflictos internos, nivel de profesionalización y dificultades de obtener financiación sin perder el control de la sociedad.
También se recogen estos elementos en Camisón,C. y Ríos,A. (El protocolo familiar: un enfoque práctico para su desarrollo, CEF-UV, 2014) cuando definen la EF como “aquella organización que desarrolla actividades económicas y en la que una o varias personas ligadas por vínculo de parentesco tienen una propiedad suficiente para su control de las decisiones estratégicas en los órganos de decisión, existiendo además al menos un miembro de la familia que asume funciones ejecutivas”. También resaltan estos autores que la EF tiene una serie de ventajas, entre otras el compromiso a largo plazo de la propiedad y dirección, y también la vocación de continuidad.
Y precisamente por esa vocación de seguir con la actividad de la empresa, abordando de manera abierta y clara el hecho vital de relevo generacional en el liderazgo de la dirección y de la propiedad, es la principal motivación para que desde la empresa se ponga en marcha ese Protocolo que, tal y como nos lo define el RD 171/2007 que regula la publicidad de los protocolos familiares, “puede entenderse como aquel conjunto de pactos suscritos por los socios entre sí o con terceros con los que guardan vínculos familiares respecto de una sociedad no cotizada en la que tengan un interés común en orden a lograr un modelo de comunicación y consenso en la toma de decisiones para regular las relaciones entre familia, propiedad y empresa que afectan a la entidad”.
Teniendo en cuenta que no debe haber dos protocolos iguales, pues no se trata de un “corta y pega” que sirve para cualquier compañía, pues cada familia empresarial y su empresa tienen sus circunstancias, ni debe hacerse como algo que suena bien y “hacen otros”, el contenido debería tener unas grandes línea maestras que, a partir de los indicados por las obras citadas, serían:
- Preámbulo: historia y valores de la EF
- Ámbito de Aplicación
- Gobierno de la EF: órganos sociales y órganos familiares
- Régimen del trabajo en la empresa: Criterios de acceso y promoción
- Derechos económicos
- Cláusulas de cierre y actualización
- Anexos
Desde la experiencia de Apunte, la puesta en marcha de un proceso de elaboración y ejecución del Protocolo hace que se aborden situaciones que, por evitar situaciones conflictivas a corto plazo, pueden suponer llevar a la empresa a una situación de deficiente gestión. Por ello, la actitud el protocolo debe ser el de franqueza en la comunicación, con participación y compromiso de los familiares, y con flexibilidad para lograr consensos, pues al fin y al cabo se busca la continuidad de una ilusión, fruto del esfuerzo y arrojo de un/a valiente.